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    Confianza y Dedicación

    Juicio Familiar

    Nuestra principal característica que nos diferencia del resto es la honestidad y transparencia en nuestro servicio.

    Servicio en Juicio Familiar

    En Abogada Laboralista, nuestro equipo de abogados especialistas representará fielmente sus intereses en todas y cada una de las materias en que requiera asesoría y/o representación judicial en Derecho Familiar. Somo especialistas en divorcios (mutuo acuerdo, unilateral y por culpa), violencia intrafamiliar (VIF), régimen de relación directa y regular (visitas), pensión de alimentos (derecho de alimentos), filiación, cuidado personal, autorización de salida del país del menor, declaración de bien familiar, cese de convivencia, medidas de protección en favor del niño, niña o adolescente, cumplimiento de medidas de protección, gestiones voluntarias, entre otros.

    Preguntas Frecuentes

    La tramitación ante los Juzgados de Familia se inicia mediante la presentación de una demanda ante el tribunal. La regla general es que la demanda, solicitud o requerimiento se deba presentar por escrito, ya que sólo en casos calificados el juez podrá autorizar que se inicie el procedimiento de forma oral.

    Efectivamente, para iniciar el procedimiento de familia siempre se necesita de un abogado de familia salvo que el juez haga una excepción por motivos fundados, estemos frente a un cumplimiento de alimentos (exigir pagar la pensión adeudada), o se trate de un procedimiento especial tal como como lo es la aplicación de medidas de protección; violencia intrafamiliar; actos no contenciosos y procedimiento contravencional.

    Existen tres tipos de procedimientos, estos son el ordinario y los especiales de violencia intrafamiliar y de medidas de protección. Todos los procedimientos ante los tribunales de familia contemplan dos audiencias denominadas como audiencia preparatoria y audiencia juicio. Estas audiencias se caracterizan por ser orales y contar siempre con la presencia tanto del juez como de las partes.

     

    Interpuesta la demanda, el Juzgado fijará la audiencia preparatoria en el más breve plazo y se procederá a notificar a las partes por el correspondiente funcionario. El demandado deberá contestar la demanda al menos cinco días antes de la audiencia.

     

    Finalizada la audiencia preparatoria, el juez fijará el día y hora en que se verificará la segunda audiencia denominada audiencia de juicio (se efectuará en un plazo no superior a 30 días).

     

    En esta segunda audiencia el abogado de familia presentará las pruebas ante el juez (testigos, documentos, otros) y finalizará con la comunicación efectuada por el juez de su sentencia. Eventualmente ante determinadas circunstancias, el juez podrá fijar una audiencia para su lectura, dicha audiencia se denomina como audiencia de lectura de fallo.